Obtenga la defensa más fuerte contra órdenes de protección falsas de un abogado con experiencia en órdenes de protección en Lakeland
Una orden judicial (comúnmente conocida como orden de alejamiento u orden de protección) es una orden del tribunal para proteger a las víctimas del acoso y el peligro de un presunto agresor. ¿Sabía que las denuncias falsas no son infrecuentes?
Ya se trate de un ex rencoroso o de una pareja celosa, las órdenes de protección falsas se presentan todo el tiempo, y pueden hacerle la vida imposible. La única manera de defenderse de una conducta indebida inventada es contratar a un abogado con experiencia especializado en órdenes de alejamiento.
Richard McKendrick tiene más de 25 años de experiencia y puede explorar todas las opciones para obtener una orden de protección modificada o eliminada.
Es importante señalar que existen dos tipos de medidas cautelares: temporales y permanentes. Una orden judicial temporal puede concederse sin audiencia, mientras que las órdenes permanentes sólo pueden dictarse tras una audiencia.
¿Qué puede considerarse violencia doméstica? El Departamento de Justicia ha creado una definición amplia del término para ayudar a proteger a las víctimas:
«Un patrón de comportamiento abusivo en cualquier relación que es utilizado por uno de los miembros de la pareja para obtener o mantener el poder y el control sobre otra pareja íntima. La violencia doméstica puede ser acciones o amenazas de acciones físicas, sexuales, emocionales, económicas o psicológicas que influyen en otra persona. Esto incluye cualquier comportamiento que intimide, manipular, humillar, aislar, asustar, aterrorizar, coaccionar, amenazar, culpar, herir o herir a alguien».
Este tipo de requerimiento se reserva a familiares como cónyuges, parientes o personas con un hijo en común.
Si alguien tiene motivos para creer que está en peligro inminente de sufrir acoso o violencia por parte de una persona con la que ha mantenido una relación afectiva, esta orden judicial sería apropiada.
Es importante saber exactamente qué tipo de orden de alejamiento debe presentar o cuál se ha presentado contra usted. Con un abogado especializado en violencia doméstica y otros tipos de medidas cautelares, tendrá el mejor resultado para su caso.
Este requerimiento es apropiado cuando una persona le acosa o acosa intencionadamente y le causa daños emocionales. Si el acoso se intensifica hasta la amenaza de daño físico, entonces el acoso se considera «agravado».
Si se han producido al menos dos actos de acoso o violencia, uno de ellos en los últimos seis meses, se puede presentar este tipo de requerimiento (para no familiares)
Según el Estatuto de Florida
§ 784.046(1)(a)
la violencia se define como «…cualquier agresión, agresión con agravantes, agresión, agresión con agravantes, agresión sexual, agresión sexual, acoso, acoso con agravantes, secuestro o detención ilegal, o cualquier delito que cause lesiones físicas o la muerte, cometido por una persona contra otra».
Esta orden de protección puede utilizarse si una persona es denunciada por cometer alguna de las siguientes infracciones:
Como no hay dos casos exactamente iguales, las circunstancias pueden variar. Un juez puede exigir determinados requisitos y otro no.
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